Renta 2014: qué deducciones hay por hijos y descendientes

La declaración de la renta de este año, correspondiente al ejercicio 2014, será la última con los actuales mínimos familiares y personales, ya que en 2015 con la entrada en vigor de la reforma fiscal se han ampliado. También en 2015 se amplían las deducciones por hijos así como una deducción de 1.200 euros por familia numerosa. Así, también las familias monoparentales se beneficiarán de una deducción de 1.200 euros anuales.

En la declaración de la renta se recogen los términos de "mínimo personal y familiar". Bajo este nombre, Hacienda denomina la cantidad de dinero que el contribuyente en cuestión y su familia necesitan para satisfacer sus necesidades básicas y que, por tanto, no está sujeta a tributación.

Este "mínimo personal y familiar" del declarante está formado por la suma del mínimo personal del contribuyente (5.151 euros anuales si es menor de 65 años, aunque la cuantía puede incrementarse en hasta 1.122 euros adicionales en función de la edad), más los mínimos por descendientes (los hijos, que nos ocupan en este artículo), los mínimos por ascendientes y por discapacidad.

Lo interesante es que ese mínimo personal y familiar sea lo más alto posible porque sirve para reducir la base imponible (se resta).

A ello hay que sumar las deducciones por descendientes, los hijos, nietos y bisnietos (por línea de consanguinidad o adopción). También se puede aplicar el mínimo por descendientes si el contribuyente tiene a un menor en tutela o acogimiento. En cambio, Hacienda no considera descendientes a los que tengan vínculo de parentesco en línea colateral (sobrinos) o de otro tipo, como hijastros.

Pero no se trata únicamente de tener descendientes para poder recurrir a esta figura fiscal. Estos deben de cumplir una serie de requisitos, que son los siguientes:

- El hijo o descendiente debe ser menor de 25 años, salvo en el caso de descendientes discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

-Debe vivir en la misma casa que el contribuyente.

-El descendiente no debe haber ganado más de 8.000 euros anuales.

-El hijo en cuestión por el que se quiere aplicar el mínimo por descendiente no debe haber presentado declaración del IRPF si tiene rentas superiores a 1.800 euros (aunque existen una serie de excepciones).

¿Pero cuánto me desgravo por cada hijo?

Las cuantías que hay que sumar al mínimo personal se incrementan cuanto mayor sea la familia del contribuyente (para premiar a las familias numerosas) y son las siguientes:

- 1.836 euros anuales por el primer hijo.
- 2.040 euros anuales por el segundo hijo.
- 3.672 euros anuales por el tercer hijo.
- 4.182 euros anuales por el cuarto hijo o los siguientes.

Pero, además, los mínimos anteriores se incrementarán en 2.244 euros anuales por cada hijo menor de tres años.

¿Comparto el mínimo con mi pareja?

La reforma fiscal contempla una deducción por familia monoparental. En el caso de que no sea así, cuando varios contribuyentes (por ejemplo, ambos padres) tengan derecho a la aplicación del mínimo familiar por un mismo descendiente (con el mismo grado de parentesco), su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales". Es decir, que no se puede aplicar al 100% cada uno, sino al 50%.

Pero además, existe otra figura fiscal en el IRPF que favorece la paternidad: la deducción por maternidad de hasta 1.200 euros anuales, que pueden solicitar los padres de hijos menores de 3 años y que se puede cobrar de golpe en la declaración de la renta o bien mensualmente como una ayuda de 100 euros.

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