¿Trabajó en el extranjero en 2019? Consejos para hacer la declaración de la Renta

El país en el que se ha desarrollado principalmente la actividad laboral es otro apartado muy a tener en cuenta cuando se realiza la declaración de la renta. Determinar la residencia fiscal del contribuyente y, en cada caso, adaptar su situación a lo que pide el borrador requiere un ejercicio de comprobación de los datos y de ajuste a la normativa que se detalla a continuación.

¿Cuándo se considera al contribuyente residente fiscal en España?

En primer lugar, el declarante debe saber su condición respecto a Hacienda, es decir, si su residencia fiscal se establece en España o en el extranjero. La Agencia Tributaria explica que, para poder ser residente fiscal español, el contribuyente debe reunir al menos uno de estos requisitos: que permanezca más de 183 días naturales en España, que se sitúe en España el núcleo o base principal del negocio o intereses económicos de manera directa o indirecta o que el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad a su cargo residan habitualmente en España.

Respecto a los cambios de residencia a paraísos fiscales, la Agencia Tributaria advierte de que, a efectos de fiscalidad española, no perderán la condición de contribuyentes con el IRPF en el periodo impositivo del cambio y en los cuatro siguientes. Según las normas de Hacienda, tampoco perderán esta categoría los trabajadores de misiones diplomáticas españolas, miembros de oficinas consulares, delegaciones, representaciones permanentes o misiones de observadores en el extranjero.

Si el contribuyente no cumple ninguna de las condiciones enumeradas anteriormente, su residencia fiscal estaría en el extranjero y, en el caso de rentas generadas en España tendría que tributar con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Al igual que los contribuyentes que tienen residencia fiscal en el extranjero pueden verse sometidos a determinados impuestos en España puede darse el caso contrario, que tengan residencia fiscal en España pero algunas de sus rentas tributen en el extranjero. En cualquiera de estos dos supuestos se debe evitar la doble imposición fiscal, razón por la cual España tiene vigentes convenios fiscales en los que se establecen las normas que rigen el reparto de la tributación.

La Agencia Tributaria tiene en su página web el listado de convenios bilaterales con otros países para que el contribuyente pueda consultar en virtud de su situación particular. Si España no guarda ningún tipo de acuerdo con el país en cuestión, el contribuyente deberá acudir a las normas fiscales de cada uno de ellos a la hora de hacer la pertinente declaración.

¿Qué residencia fiscal tienen los trabajadores transfronterizos?

Atención especial merecen aquellos trabajadores que viven en un país pero que, por su cercanía, trabajan en el territorio de otro. En España, por ejemplo, se puede aplicar a todos aquellos contribuyentes que trabajan en Francia, Portugal, Andorra y Marruecos.

En todos estos casos (el BOE tiene registrados los convenios con Francia, Marruecos, Portugal y Andorra), la residencia fiscal del trabajador vendrá determinada por el país en el que tenga establecida su vivienda habitual o, si no se pudiese esclarecer, en el que tuviese relaciones personales y económicas más estrechas.

¿Qué rentas procedentes del extranjero están exentas?

Una vez que se ha determinado la residencia fiscal del contribuyente, los residentes fiscales en España han de saber que el trabajo realizado en el extranjero pueden tener una exención máxima de 60.100 euros, aunque deben cumplir una serie de requisitos que recoge Hacienda:

-Que los trabajos se realicen para una empresa no residente en España o un establecimiento permanente en el extranjero.

-Que en el país de establecimiento de la empresa haya un impuesto análogo al IRPF y que no sea considerado por España un paraíso fiscal, lo que se tendrá como cumplido cuando ostente un convenio para evitar la doble imposición con España.

Fuente: www.eleconomista.es

 

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